Seguros de ahorro y jubilación Seguros de ahorro y jubilación

Un seguro de ahorro o de jubilación es un producto diseñado para la constitución de un determinado capital en el medio y largo plazo, pues su liquidez inicial suele ser reducida, con valores de rescate inferiores a los pagos realizados.

Seguros de ahorro y jubilación

En detalle:
1.- Definición
2.- Características
3.- Operativa al constituir el capital
4.- Operativa al rescatar el capital
5.- Fiscalidad

Ten en cuenta que:

  • Se trata de un producto de ahorro con liquidez reducida durante los primeros años de su vigencia.
  • Una vez contratado puedes realizar las aportaciones conforme consideres más adecuado, mensualmente, una vez al año, etc.
  • Se trata de un producto utilizado para constituir capitales a largo plazo, jubilación, universidad de los hijos, etc.
  • En ocasiones en el momento de la contratación se fija la rentabilidad de toda la operación.

1.- Definición

Se trata de contratos de seguro donde se asegura un determinado capital y una determinada rentabilidad a un determinado plazo.

Es lo que habitualmente conocemos como seguros de jubilación, planes de ahorro asegurado, comercializados por las compañías de seguros y las entidades financieras para así obtener un capital destinado, por ejemplo, para la primera comunión de nuestro hijo, la universidad u otros.

2.- Características

  1. La rentabilidad obtenida se acumula a la prima satisfecha por lo que no se produce ningún tipo de abono de rentabilidades durante su vigencia.
  2. El plazo al que se suelen contratar coincide con los distintos tramos fiscales para este tipo de productos, no pudiéndose disponer del dinero hasta la finalización del plazo.
  3. La rentabilidad está asegurada, siendo factible encontrar en la actualidad pólizas que garanticen un 4 % anual durante todo el plazo de la operación.
  4. Así mismo la gran mayoría de ellos incluyen una cláusula por la que el asegurado tienen derecho a percibir el 90 % del exceso de rentabilidad obtenida por la compañía. Así en una póliza que nos garantice un 4 % pero haya obtenido una rentabilidad extra del 10 % nosotros obtendremos una rentabilidad total del 13 %. Esto es la rentabilidad que nos habían asegurado, 4 % más el 90 % del exceso de rentabilidad 9 % lo que nos proporciona una rentabilidad del 13 % (4%+9%).
  5. La frecuencia del cálculo de la rentabilidad suele ser mensual, trimestral, semestral o anual.

3.- Operatoria durante la vigencia de la póliza

a) Respecto de las aportaciones

Las aportaciones de la prima de este tipo de seguros pueden ser de dos tipos:

  • Aportaciones periódicas, esta modalidad consiste en la aportación periódica de la prima, esto es, todos los meses, trimestres, semestres o años.
  • Aportaciones a prima única, esta modalidad consiste en la aportación inicial de todo el capital, de tal modo que nos encontramos ante una aportación similar a una imposición a plazo fijo.

b) Respecto de la recuperación anticipada

En este tipo de aportaciones la recuperación anticipada se puede realizar de distintas formas:

  • Durante toda la vida de la operación y simultáneamente a la liquidación de los rendimientos obtenidos en cada período se comunica al asegurado el valor de rescate de su póliza, es decir el capital que tiene garantizado y que la compañía le ha de abonar en caso de solicitar la rescisión de la póliza. Hemos de tener en cuenta que durante los dos primeros ejercicios este valor puede ser inferior a la suma de capitales aportada.
  • Otra de las opciones que tiene el asegurado es reducir, o incluso, detener el proceso de ahorro. Así si el asegurado atraviesa una época en la que no le es cómodo seguir con las aportaciones puede disminuir la cuantía de dichas aportaciones o incluso detener el proceso de aportación. Esto no paralizará la póliza sino que esta seguirá generando rendimientos ya que el valor de rescate en dicho momento seguirá capitalizándose durante el tiempo que reste de vigencia a la póliza.
  • Por último y si el asegurado precisa de parte del capital acumulado podrá solicitar a la compañía un préstamo de una parte de la cantidad acumulada a la fecha. Este préstamo es concedido por la aseguradora a condiciones más ventajosas que las del mercado a la vez que si el asegurado no devuelve dicho importe al vencimiento de la póliza se restará del capital acumulado.

4.- Operatoria al vencimiento de la póliza

Al vencimiento de la póliza el asegurado se encuentra con distintas opciones de las que tendrá que elegir aquella que más se ajuste a sus necesidades.

  1. Disposición de la totalidad del capital, la compañía aseguradora abona al titular o beneficiario de la póliza la totalidad del capital acumulado. Este abono se realizará mediante la entrega de un cheque o transferencia bancaria.
  2. Disposición del capital a través de una renta. Es posible que el asegurado prefiera transformar su capital en una renta temporal  o vitalicia, esto es durante toda su vida. En ambos casos la periodicidad de dicha renta será determinada por el asegurado pudiendo ser mensual, trimestral o anual.
  3. Disposición mixta, se trata de la retirada de una parte del capital mediante una disposición y transformación de la diferencia en una renta de carácter temporal o vitalicio.

5.- Fiscalidad

Consultar la guía de fiscalidad de los seguros de ahorro o jubilación.

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