Pensión no contributiva de jubilación
La pensión no contributiva de jubilación cubre la pérdida de ingresos del ciudadano que cumple con la edad legal para jubilarse y carece de recursos suficiente para su subsistencia, aunque no haya cotizado nunca o el tiempo suficiente para tener derecho a la pensión de jubilación contributiva.
Los órganos competentes de cada Comunidad Autónoma y a las Direcciones provinciales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) en las ciudades de Ceuta y Melilla con las encargadas de la gestión de esta pensión no contributiva.

En detalle:
Beneficiarios y requisitos
Carecer de ingresos suficientes
Cuantía
Obligaciones de los pensionistas
Beneficiarios y requisitos de la pensión no contributiva de jubilación
Para todos los trabajadores que no han alcanzado el tiempo mínimo exigible cotizado en su vida laboral.
Concretamente, tendrán derecho a la pensión de jubilación, en su modalidad no contributiva, las personas que:
- Cumplan con la edad legal para jubilarse.
- Carezcan de rentas o ingresos suficientes.
- Residan legalmente en territorio español y lo hayan hecho durante 10 años entre la edad de 16 años y la edad de devengo de la pensión, de los cuales dos deberán ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud de la pensión.
Carecer de ingresos suficientes
Podrán ser beneficiarios de esta pensión cuando obtengan rentas inferiores a 5.639,20 euros anuales para 2021.
Si se convive con familiares se tendrá en cuenta la suma de las rentas obtenidas por todos los miembros de la unidad familiar teniendo en cuenta las siguientes situaciones y límites:
Situación | Nº de convivientes |
Cuantía anual (euros) |
---|---|---|
a) Convivencia solo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado |
2 | 9.586,64 € |
3 | 13.534,08 € | |
5 | 20.854,40 | |
... | ... | |
b) Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de sus padres o hijos |
2 | 23.966,60 |
3 | 33.835,20 | |
4 | 73.703,80 | |
... | ... |
Existirá unidad económica en todos los casos de convivencia del beneficiario con otras personas unidas con aquel por matrimonio o por lazos de parentesco de consanguinidad o adopción hasta el segundo grado (padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos del solicitante).
En cualquier caso, la pensión de jubilación no contributiva es incompatible con la pensión no contributiva de invalidez.
Cuantía de la pensión no contributiva de jubilación
La cuantía individual para cada pensionista se establece a partir de la revalorización establecida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y en función de:
- Número de beneficiarios que convivan en el mismo domicilio o unidad económica.
- Rentas personales de los beneficiarios que conviven, no pudiendo ser la cuantía inferior a la mínima del 25% de la establecida.
Siendo las cuantías básicas para 2021 las siguientes:
Pensión no contributiva de jubilación |
Cuantía mensual (euros) |
Cuantía anual (euros) |
---|---|---|
Íntegra | 402,80 | 5.639,20 |
Mínima 25 % | 100,70 | 1.409,80 |
Cuando en una misma familia conviva más de un beneficiario de pensión no contributiva, la cuantía individual para cada uno de ellos se reduce de la siguiente manera:
Nº de beneficiarios | Cuantía mensual (euros) |
Cuantía anual (euros) |
---|---|---|
2 | 342,38 | 4.793,32 |
3 | 322,24 | 4.511,36 |
4 | 312,17 | 4.370,38 |
... | ... | ... |
Obligaciones de los pensionistas
Los beneficiarios de la pensión no contributiva de jubilación están obligados a:
- Comunicar las variaciones en los parámetros que se tienen en cuenta para obtener este derecho y conservarlo: estado civil, convivencia, residencia, recursos económicos propios y de su unidad familiar.
- Presentar anualmente declaración de rentas o ingresos propios y de su unidad familiar.