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Depósito de garantía
Cantidad de dinero que debe ser depositada por los compradores y por los vendedores de contratos de futuros, y por los vendedores de opciones, como garantía del cumplimiento de sus respectivos compromisos. Estos depósitos están remunerados a tipos de interés de mercado y se pueden realizar en metálico o, en algunas bolsas de opciones, consignando títulos de Deuda Pública.