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Subrogación de un contrato de Leasing
La subrogación de un contrato de leasing (Consulta 8, BOICAC 38) implica para la sociedad que se subroga el contrato, y siempre que no existan dudas razonables del ejercicio de la opción de compra, el dar el alta a la cuenta Derechos sobre bienes en régimen de arrendamiento financiero (217) por el importe del valor al contado del bien, el cual estará formado por la suma de las cuotas pendientes que se subroga menos los intereses pendientes de devengo. La diferencia entre ambas cantidades se cargará a la cuenta Gastos por intereses diferidos (272).
Es importante señalar que el importe máximo que se asigna al inmovilizado inmaterial es el valor del mercado del bien, si se supera este valor, ese diferencial incrementará el valor de la cuenta Gastos por intereses diferidos (272).
Ejemplo
La sociedad "ALFA" firma el 1 de enero del año 20X1 un contrato de arrendamiento financiero con las siguientes características:
Valor contado
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4.000.000 u.m. |
Duración del contrato
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3 años, |
Cuotas anuales postpagables
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1.422.648 u.m. |
Carga financiera
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1.386.498 u.m. |
Intereses devengados año 1
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562.166 u.m. |
Vida útil de la maquinaria objeto del contrato
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8 años |
El 1 de enero del año X2 transmite el contrato a la sociedad "BETA" por 500.000 u.m. tras haber satisfecho la primera cuota a la entidad financiera con la que ha realizado el contrato de arrendamiento financiero.
Se sabe que el Valor de Mercado del bien a esa fecha asciende a 3.500.000 u.m.
SE PIDE:
Reflejar contablemente la operación anterior en las sociedades "ALFA" y "BETA".
Solución
SOCIEDAD "ALFA"
Por la venta del contrato:
----------------------- 1-01-20X2 -----------------------
| Debe |
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Haber |
| 1.422.648 |
(528) Acreedores por arrendamiento financiero a corto plazo |
| 2.041.202 |
(178) Acreedores por arrendamiento financiero a largo plazo (1.422.648 + 1.118.554) |
| 500.000 |
(281) Amortización acumulada del inmovilizado inmaterial (4.000.000 / 8) |
| 500.000 |
(572) Bancos e instituciones de crédito c/c vista |
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a |
| (217) Derechos sobre bienes en régimen de arrendamiento financiero |
4.000.000 |
| (272) Gastos por intereses diferidos
(1.386.49 - 562.166) |
824.332 |
| (771) Beneficios procedentes del inmovilizado material |
139.518 |
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--------------------------- x ---------------------------
SOCIEDAD "BETA"
Valor al contado del bien
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4.000.000 |
Carga financiera
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1.386.498 |
| Total a pagar |
5.386.498 |
| Menos importe 3 cuotas |
4.267.944 |
| Valor residual |
1.118.554 |
| Valor de reembolso deuda pendiente
(1.422.648 x 2 + 1.118.554) |
3.963.850 |
| Más efectivo entregado |
500.000 |
| Menos intereses pendientes devengo
(1.386.498 - 562.166) |
- 824.332 |
| Precio adquisición para GIFÚ |
3.639.518 |
| Valor mercado |
3.500.000 |
Al ser inferior el valor de mercado al precio de adquisición, el exceso de este sobre aquel no se incorpora como mayor valor del inmovilizado, debiéndose imputar como gasto a distribuir en varios ejercicios, de acuerdo con el texto de la consulta planteada al ICAC.
----------------------- 1-01-20X2 -----------------------
| Debe |
|
Haber |
| 3.500.000 |
(217) Derechos sobre bienes en régimen de arrendamiento financiero |
| 963.850 |
(272) Gastos por intereses diferidos
(824.332 + 139.518) |
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a |
| (572) Bancos, c/c a la vista |
500.000 |
| (528) Acreedores por arrendamiento financiero a corto plazo |
1.422.648 |
| (178) Acreedores por arrendamiento financiero a largo plazo |
2.541.202 |
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