Ten en cuenta que:
- Es posible que no tengas que pagar este impuesto debido al amplio rango de su exención.
- De este modo, quedan exentos: las personas físicas; los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades, las sociedades civiles y las entidades del Art. 35.4 de la Ley 58/2003, General Tributaria, que tengan un importe neto de la cifra de negocios < 1.000.000 de euros y los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de No Residentes que operen en España mediante establecimiento permanente y que tengan un importe neto de la cifra de negocios < 1.000.000 de euros.
- Es posible que no tengas que pagar este impuesto debido al amplio rango de su exención.
- De este modo, quedan exentos: las personas físicas; los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades, las sociedades civiles y las entidades del Art. 35.4 de la Ley 58/2003, General Tributaria, que tengan un importe neto de la cifra de negocios < 1.000.000 de euros y los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de No Residentes que operen en España mediante establecimiento permanente y que tengan un importe neto de la cifra de negocios < 1.000.000 de euros.
Impuesto gestionado por los ayuntamientos que grava la realización de una actividad económica.
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