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1.- Definición
Se trata de contratos de seguro donde se asegura un determinado capital
y una determinada rentabilidad a un determinado plazo. Es lo que habitualmente
conocemos como seguros de jubilación, planes de ahorro asegurado, comercializados
por las compañías de seguros y las entidades financieras para así obtener
un capital destinado, por ejemplo, para la primera comunión de nuestro hijo, la universidad
u otros..
2.- Características
a) La rentabilidad obtenida se acumula a la prima satisfecha por lo
que no se produce ningún tipo de abono de rentabilidades durante su
vigencia.
b) El plazo al que se suelen contratar coincide con los distintos tramos
fiscales para este tipo de productos, no pudiéndose disponer del dinero
hasta la finalización del plazo.
c) La rentabilidad está asegurada, siendo factible encontrar en la
actualidad pólizas que garanticen un 4 % anual durante todo el plazo
de la operación.
e) Así mismo la gran mayoría de ellos incluyen una cláusula por la
que el asegurado tienen derecho a percibir el 90 % del exceso de rentabilidad
obtenida por la compañía. Así en una póliza que nos garantice un 4 %
pero haya obtenido una rentabilidad extra del 10 % nosotros obtendremos
una rentabilidad total del 13 %. Esto es la rentabilidad que nos habían
asegurado, 4 % más el 90 % del exceso de rentabilidad 9 % lo que nos
proporciona una rentabilidad del 13 % (4%+9%).
f) La frecuencia del cálculo de la rentabilidad suele ser mensual,
trimestral, semestral o anual
3.- Operatoria durante la vigencia de
la póliza
a) Respecto de las aportaciones
Las aportaciones de la prima de este tipo de seguros pueden ser de dos
tipos:
- Aportaciones periódicas, esta modalidad consiste en la aportación
periódica de la prima, esto es, todos los meses, trimestres, semestres
o años.
- Aportaciones a prima única, esta modalidad consiste en la aportación
inicial de todo el capital, de tal modo que nos encontramos ante una
aportación similar a una imposición a plazo fijo.
b) Respecto de la recuperación anticipada
En este tipo de aportaciones la recuperación anticipada se puede realizar
de distintas formas:
- Durante toda la vida de la operación y simultáneamente a la liquidación
de los rendimientos obtenidos en cada período se comunica al asegurado
el valor de rescate de su póliza, es decir el capital que tiene garantizado
y que la compañía le ha de abonar en caso de solicitar la rescisión
de la póliza. Hemos de tener en cuenta que durante los dos primeros
ejercicios este valor puede ser inferior a la suma de capitales aportada.
- Otra de las opciones que tiene el asegurado es reducir, o incluso,
detener el proceso de ahorro. Así si el asegurado atraviesa una época
en la que no le es cómodo seguir con las aportaciones puede disminuir
la cuantía de dichas aportaciones o incluso detener el proceso de aportación.
Esto no paralizará la póliza sino que esta seguirá generando rendimientos
ya que el valor de rescate en dicho momento seguirá capitalizándose
durante el tiempo que reste de vigencia a la póliza.
- Por último y si el asegurado precisa de parte del capital acumulado
podrá solicitar a la compañía un préstamo de una parte de la cantidad
acumulada a la fecha. Este préstamo es concedido por la aseguradora
a condiciones más ventajosas que las del mercado a la vez que si el
asegurado no devuelve dicho importe al vencimiento de la póliza se restará
del capital acumulado.
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