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22. Inversiones Inmobiliarias
Índice
- Definición
- Cuentas de siguiente orden
- Movimientos al Debe
- Movimientos al Haber
* Equivalencia con el PGC de 1990
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Definición
Activos no corrientes que sean inmuebles y que se posean para obtener rentas, plusvalías o ambas, en lugar de para:
— Su uso en la producción o suministro de bienes o servicios, o bien para fines administrativos; o
— Su venta en el curso ordinario de las operaciones.
Las cuentas de este subgrupo figurarán en el activo no corriente del balance.
Cuentas de siguiente orden
220. Inversiones en terrenos y bienes naturales
221. Inversiones en construcciones
Movimientos al Debe
Se cargarán por el precio de adquisición o coste de producción o por su cambio de uso, con abono, generalmente, a cuentas de los subgrupos 21 ó 57 ó a la cuenta 732.
Movimientos al Haber
Se abonarán por las enajenaciones, por su cambio de uso y en general por su baja del activo, con cargo, generalmente, a cuentas de los subgrupos 21 ó 57 y en caso de pérdidas a la cuenta 672.
Esta cuenta no tiene equivalencias con el plan anterior
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